Para renovar la licencia de armas hay que presentar ante la Guardia Civil, antes de que caduque, una nueva solicitud con un informe de aptitud psicofísica en vigor. El plazo de renovación depende del tipo de licencia y, a partir de cierta edad, se añaden visados intermedios. Aquí tienes los plazos de cada licencia, la documentación y cómo organizar el reconocimiento médico para no quedarte con la licencia caducada.
Cada cuánto se renueva cada licencia de armas
Según el Reglamento de Armas y la información del Ministerio del Interior:
- Licencia B (armas cortas de particulares): 5 años. Al caducar hay que solicitar una nueva licencia en la misma forma que la primera.
- Licencia C (vigilantes y personal de seguridad): vale mientras dura el servicio, pero exige acreditar la aptitud psicofísica periódicamente (ver abajo).
- Licencia D (armas largas rayadas para caza mayor): 5 años.
- Licencia E (escopetas y armas largas rayadas de tiro deportivo): 5 años.
- Licencia F (armas de concurso de tiro deportivo federado): 5 años.
Mayores de 67 años: visado a los tres años
Las licencias A, B, D y E expedidas a mayores de 67 años deben visarse a los tres años de su expedición en la Intervención de Armas, presentando un nuevo informe de aptitud psicofísica favorable. Sin ese visado, la licencia pierde vigencia aunque no hayan pasado los cinco años.
Licencia C: certificado periódico según la edad
- Menores de 55 años: certificado de aptitudes psicofísicas cada 5 años.
- A partir de los 55 años: cada 2 años. El certificado obtenido antes de los 55 pierde vigencia, en todo caso, al cumplir los 57.
Si trabajas en seguridad privada, el reconocimiento para la TIP tiene sus propios requisitos; los explicamos en certificado médico de seguridad privada.
Qué documentos necesitas para renovar
La solicitud se presenta en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil que corresponda a tu domicilio. Con carácter general se pide:
- Impreso de solicitud.
- DNI o NIE en vigor.
- La licencia que se renueva.
- Informe de aptitud psicofísica emitido por un centro de reconocimiento autorizado.
- Justificante de pago de la tasa (modelo 790).
- Documentación específica según la licencia: por ejemplo, la acreditación federativa en la licencia F.
La Intervención de Armas puede pedir documentación adicional según el caso, así que conviene confirmar la lista antes de acudir.
El informe de aptitud psicofísica: qué se valora
Es el mismo tipo de reconocimiento que se hace en los centros de conductores, adaptado a la tenencia de armas. Incluye una valoración médica y pruebas psicotécnicas:
- Visión: agudeza visual y campo visual.
- Audición.
- Aparato locomotor: movilidad y fuerza de las extremidades para manejar el arma con seguridad.
- Estado neurológico y psíquico: antecedentes y situación actual.
- Coordinación y tiempo de reacción mediante pruebas en ordenador.
- Consumo de alcohol o sustancias y medicación que pueda afectar a la aptitud.
Si quieres conocer cómo son las pruebas por dentro, las detallamos en qué incluye un reconocimiento médico psicotécnico.
Validez del informe: 90 días
El informe tiene una validez de 90 días desde su emisión. Debe estar en vigor cuando presentes la solicitud, así que lo práctico es hacerlo cuando ya tengas fecha para entregar la documentación, no con muchos meses de antelación.
Cuándo empezar el trámite
- Revisa la fecha de caducidad de la licencia y, si tienes más de 67 años, la fecha del visado.
- Pide la cita en la Intervención de Armas con margen; en temporada de caza suele haber más demanda.
- Haz el reconocimiento médico dentro de los 90 días previos a esa cita.
- Presenta la renovación antes del vencimiento.
Con la licencia caducada no puedes llevar ni usar las armas que ampara, y tendrás que regularizar su tenencia con la Intervención de Armas.
Qué puede hacer que el informe salga condicionado o desfavorable
- Agudeza visual insuficiente sin corrección.
- Enfermedades neurológicas, cardiovasculares o psiquiátricas no controladas.
- Consumo de alcohol o drogas, o medicación que altere la atención o los reflejos.
- Limitaciones físicas que impidan manejar el arma con seguridad.
Los criterios médicos son muy parecidos a los del carnet de conducir, que detallamos en enfermedades que pueden impedir renovar el carnet. Cuando una enfermedad puede evolucionar, la autoridad puede conceder la licencia con vigencia condicionada a nuevos informes con la periodicidad que determine, que se reflejan como visados en la propia licencia.
Qué llevar al reconocimiento
- DNI o NIE.
- Gafas, lentillas o audífonos si los usas.
- Informes médicos de enfermedades crónicas o de tratamientos que sigas.
- Ir descansado y sin haber tomado alcohol.
En Clínicas Muelle Heredia emitimos el certificado médico para licencia de armas en Málaga, tanto para la primera obtención como para renovaciones y visados, en una sola visita.


